La Ley de Amnistía, una propuesta simbólica del Ejecutivo

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Invitado


Octubre 13, 2019

POR JULIANA VIVAR VERA*, GUSTAVO ANDRÉS SOLÍS NOVILLO**, DIANE CAROLINA CRUZ BAUTISTA***

La propuesta de Ley de Amnistía enviada por el Ejecutivo al Congreso de la Unión tiene una intención legal, política y social, más allá de lo que su texto dice a la letra.

De inicio, reconoce la distinción técnica entre indulto y amnistía; pero eso no importa, cuando la intención es atender el daño social de la selección de conductas criminales, así como el desempeño de los actores de las instituciones penales: la injusticia penal vista como injusticia social. Por ello, como lo refiere Gustavo cuando cita al Diccionario jurídico mexicano, el objetivo de la amnistía es “apaciguar los rencores y resentimientos que son consecuencia inevitable de las luchas políticas y sociales”.

Las posturas en contra de las figuras de indulto y amnistía, señalan impunidad e irrespeto a la ley, así como mayor peso a la atención del responsable de delitos, por encima de la justicia a la víctima. Sin embargo, estas figuras jurídicas tienen una intención social justificada en momentos específicos en que la ley y la actuación de las instituciones gubernamentales desequilibran la equidad del Estado de derecho, como lo han sido en las anteriores que ha tenido nuestro país.

Carolina opina que la actual ley se presenta en un momento social sin precedente alguno, porque reconoce una de las realidades más crueles a las cuales se enfrentan nuestro actual gobierno y el sistema acusatorio penal. Reconoce asimismo que el rostro de la pobreza es algo que abunda, desafortunadamente, en nuestro sistema penitenciario; y la relación directa y proporcional que esto tiene con el alto índice de marginación que tiene nuestro país, aunado a que el sistema de justicia no garantiza precisamente eso: la justicia.

Así, el análisis expresado en la exposición de motivos es pertinente, con su justificación estadística en relacionar a las personas señaladas de cometer ciertos delitos con su condición económica: “a menor nivel de ingreso, mayor posibilidad de que la justicia se convierta en su antítesis”. Estas personas víctimas de la desigualdad económica son la clientela del sistema penal; son así las personas y sectores sociales, mas no los delitos, a los que la ley se dirige.

Por eso, respecto a cada delito que la ley contempla –aborto, contra la salud, todos los que contemplen personas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas, robo y sedición--, establece requisitos específicos para evitar el descontrol en su aplicación que genere impunidad e indignación social.

Carolina expresa que, con esto, los delincuentes no podrán salir de prisión de manera sencilla porque deben cumplirse esos requisitos, además de que posteriormente se integrará una comisión que dará seguimiento y vigilará la aplicación de la Ley de Amnistía y podrá solicitar el beneficio cuando observe casos que ameritan su aplicación.

Gustavo analiza que podemos entenderlo principalmente con aquellos delitos cometidos por las personas indígenas y los de sedición. Es claro que, en el primer caso, el Estado tiene una deuda histórica con los indígenas, porque los ha colocado en una posición de desigualdad condenada frente a los demás grupos sociales “urbanizadamente occidentales”, y ha utilizado su “derecho a la autodeterminación” para excluirlos de la dinámica del país, en vez de respetarlos y promover la interculturalidad.

Por el contrario, sólo los ha visibilizado cuando se alzan en armas exigiendo sus derechos, como lo vimos en 1994 en Chiapas con el Ejército Zapatista, donde luego se llegó a diversos acuerdos con el gobierno que culminaron en una Ley de Amnistía que no los ayudó, ni tampoco las promesas incumplidas.

La herida sigue viva, es una fractura, pero además es una laceración a su dignidad. Por eso, incluirlos en esta propuesta con requisitos flexibles y asequibles es saldar esa deuda.

El segundo delito, el de sedición, que contempla a los presos políticos, tomando en cuenta que México en los últimos años ha sido inestable políticamente, pues hemos tenido en diecinueve años tres transiciones políticas a nivel federal, lo que ha generado miles de encarcelamientos para acallar voces y ocultar verdades incómodas.

El gobierno actual está perdonando a sus enemigos, y a los enemigos del Estado mexicano, en un pasado que con Fox, Peña y Calderón estuvo lleno de guerra e injusticias. Por eso los presos políticos deben ser prioritarios y ser liberados de inmediato, pues su único delito fue su ideología.

Carolina analiza la situación del aborto, considerando la vulnerabilidad y criminalidad en que el Estado ha puesto a las mujeres, porque este delito a lo largo de los años ha condenado y perseguido a las mujeres, más por juicios morales y éticos que por daño a la sociedad, porque si bien la ley ya contemplaba como excluyentes de responsabilidad el riesgo de la salud de la madre y del producto, nunca, más que en la Ciudad de México y en Oaxaca muy recientemente, realmente no se tomaba en cuenta la temporalidad o la voluntad de la madre respecto a su embarazo. Simplemente se sanciona sin tomar en cuenta todos los factores: sociales, culturales y económicos, de los cuales realmente depende traer un ser humano al mundo. Considero adecuado y aplaudo que este delito se incluya en esta ley.

Por otra parte, un simbolismo más es que el impacto de la ley es federal, y no local, en el sentido de respeto a la autonomía de las legislaturas locales para expedir sus propias leyes de amnistía conforme a la situación de cada estado, tomando ejemplo de esta propuesta que en sí misma, atendería pocas situaciones específicas, como lo reconoce en su exposición, “a fin de homologar el ejercicio del beneficio de la amnistía en los distintos órdenes de gobierno respecto de las mismas conductas”.

Lo que queda es la transformación completa de lo que implica una justicia transicional, pero el gran paso de lo simbólico de la injusticia penal, queda evidenciado.

Carolina reflexiona que, si bien es cierto que las personas que se vean beneficiadas con esta ley podrán superar una injusticia social, eso, no obstante, no les garantiza que dejen de ser vulnerables, o que las condiciones que los pusieron en esa situación hayan desaparecido.

La reinserción social va más allá de sólo conceder la libertad. Esta ley debería significar darle a aquellas personas una nueva oportunidad, con espacios de orientación, desarrollo personal, laboral y educativo, así como redes de apoyo para los liberados y sus familiares, que contribuyan a prevenir la reincidencia, y que el subsanamiento del daño que les otorgó el Estado, de verdad se encuentre plasmado en su nueva realidad.

Gustavo deja en la mesa que otro tema que debe tocar la administración en turno para complementar esta ley es el de la prisión preventiva, pues prácticamente con estas medidas de “prisión sin juicio” que han impulsado, están haciendo que pocos salgan y que muchos entren.

* Juliana Vivar Vera. Profesora de derecho, Tecnológico de Monterrey, Puebla

** Diane Carolina Cruz Bautista. Estudiante de la licenciatura en Derecho en el Tecnológico de Monterrey

*** Gustavo Andrés Solís Novillo. Estudiante de la licenciatura en Derecho en el Tecnológico de Monterrey 

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