La revocación de mandato I. Aspectos positivos

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José Juan ANZURES


Septiembre 03, 2019

Este domingo 1 de septiembre, el presidente de la República Andrés Manuel López obrador rindió su primer informe de gobierno y, entre otras cosas, exhortó al Poder Legislativo a proceder con la reforma constitucional que contempla la revocación de mandato. En estas líneas presentaremos las ventajas que esta figura parece ofrecer; en nuestra siguiente columna hablaremos de los contras.

Desde que estaba en campaña, López Obrador había prometido que sometería su permanencia como Jefe del Ejecutivo a una revocación de mandato a la mitad de su periodo. La revocación es un instrumento de democracia directa que permite la destitución de los representantes por parte de sus electores antes de que concluya el periodo por el cual fueron elegidos. La iniciativa de revocación, según la propuesta que está en el Congreso, puede nacer del Ejecutivo, del 33 por ciento de la Cámara de Diputados, 33 por ciento de la Cámara de Senadores o del 3 por ciento de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

La figura, ciertamente tiene sus conveniencias y en la teoría hace pleno sentido. Se parte de una idea llana del ejercicio de la soberanía en manos del pueblo, donde si éste ha elegido a sus gobernantes, éste puede destituirlos cuando a su juicio vienen desempeñándose de manera deficiente. Se trata de una figura de democracia directa que se inscribe dentro de una democracia representativa; una figura donde el ciudadano, no obstante haber elegido a sus representantes, cuenta con un mecanismo de participación directa para revocarlos de sus funciones. Se trata de una especie de mandato imperativo donde, como en el Derecho civil, cuando un representante deja de actuar en nombre y representación de su representado, éste deja de contratarlo.

Ante la actual crisis de la democracia representativa, donde los gobernantes parecen tener “un cheque en blanco” y los representados no pueden tomar ninguna medida correctiva respecto de las actuaciones de sus representantes, sino hasta el siguiente momento de elecciones periódicas, la revocación se constituye como un mecanismo inmediato de rendición de cuentas, de premio o castigo respecto a la función que están desempañando los representantes. Se premia con la permanencia en el cargo a aquel funcionario que esté realizando bien su tarea y se castiga con la destitución a quien no lo está haciendo. Es una forma de corregir la decisión tomada en las urnas si el representante no está satisfaciendo las demandas de sus electores.

La revocación es también, una forma de garantizar la legitimidad del gobernante en funciones y de que gobierne con la confianza que recibe del pueblo; y es que en un sistema presidencial como el nuestro, la mayoría de las veces el Ejecutivo acaba gobernando al final de su mandato con menos del 30 o 20 por ciento de la aprobación popular. Nótese nada más, que la propuesta que está en el Congreso estipula que si se tiene el 40 por ciento de aprobación en la consulta de revocación de mandato, el Ejecutivo seguirá en su cargo, lo que estrictamente tampoco significa gobernar, ni siquiera, con un 50 por ciento de aprobación popular.

Por último, es un mecanismo que incentiva la participación ciudadana y que invita a la población a tener una actitud más activa respecto de las decisiones que toman sus representates, como si siempre estuvieran vigilantes de ellos.

Pero aunque teóricamente esta figura tiene sus bondades, en la realidad, la puesta en marcha en distintas latitudes no ha surtido los frutos esperados. De esto hablaremos en la próxima entrega.

 

* Decanos regional Sur. Escuela de Ciencias Sociales y Gobierno. Tecnológico de Monterrey

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